Registro de Franquicia
Una vez gestionados los trámites de adquisición de la franquicia es obligatorio registrar la franquicia:
– Franquiciadores con domicilio social en España o en otro país miembro de la Unión Europea: En el caso de que sea obligatorio comunicar los datos, cualquier persona física o jurídica que quiera ceder su franquicia, como requisito, debe hacerlo en el registro de franquiciadores de la comunidad autónoma de donde provenga el domicilio social, en un periodo de 3 meses desde que se inicia la actividad. Si no es un requisito la comunicación de los datos, directamente se acude al registro de franquiciadores del Ministerio de Economía y Competitividad.
– Los franquiciadores con un domicilio social en un país tercero: Las personas físicas o jurídicas que quieran ceder una franquicia en España pero que no tienen establecimiento en el país ni tampoco en la Unión Europea, deberán acudir, directamente, a comunicar los datos al Registro de Franquicia del Ministerio de Economía y Competitividad.
– En el caso de ser una Franquicia maestra o principal, todos los datos, tanto del Franquiciador titular del derecho a franquicia, como del Franquiciador principal se deben comunicar y a este último se le asignará un número de inscripción.
Una de los nuevos cambios que han entrado en vigor desde el 1 de Enero de 2016 para la inscripción de las franquicias en el Registro de Franquicia dependientes de la Dirección General de Comercio Interior, es que, todas las inscripciones podrán realizarse de forma telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Economía y Competitividad, por lo tanto todas las consultas y tramitaciones podrán realizarse on-line.
Pero este cambio, requiere de varios trámites previos a la inscripción en el Registro, estos son:
- hay que realizar un registro en el Sistema de Entidades (SISEN) perteneciente al ministerio de Economía y Competitividad, a través de un representante legal, e cual, debe disponer de firma electrónica para poder obtener un usuario autorizado. El enlace del SISEN es el siguiente: https://sede.micinn.gob.es/AdministracionEntidades/
- El siguiente paso es que el representante legal se dé de alta en la sede electrónica a través del Registro Unificado de Solicitantes (RUS): https://sede.micinn.gob.es/rus/ y posteriormente realizar la solicitud, formalizar las actualizaciones que considere oportunas o incluso comunicar el cese de actividad.
- En el caso de que la entidad ya esté registrada en la sede electrónica del Ministerio, a través de SISEN, esta, deberá cambiar los datos indicando que va a actuar como franquiciador.
- Todas las personas físicas y jurídicas que estuvieran inscritas en el Registro de Franquiciadores con fecha anterior al 01/01/2016, tras haber realizado el alta en la sede electrónica de SISEN, también deben darse de alta en la aplicación de registro de entidades franquiciadoras para comunicar los datos a la nueva plataforma. Añadir que el número NIFRA se mantiene.
Un dato importante es que aunque la forma de realizar los trámites haya cambiado, este sigue siendo completamente gratuito.
Si se tiene cualquier duda a la hora de hacer el registro se puede solicitar ayuda en el siguiente enlace: https://www.idi.mineco.gob.es/portal/site/MICINN/consulta_informatic